CGT, en diciembre de 2007, inició en solitario una campaña para defender la aplicación directa del artículo 48.2 del Estatuto Básico del Empleado Público a todas las trabajadoras y trabajadores ferroviarios. Fruto de nuestra lucha toda la afiliación que presentó demandas individuales en el 2008 han conseguido sentencias favorables, reconociéndoles de 2 a 8 días de libre disposición más al año en función de su antigüedad en la empresa.
La dirección de ADIF, al ver que todas las sentencias, incluidas las de los Tribunales Superiores de Justicia, eran favorables a los planteamientos de CGT, decidió presentar demanda ante la Audiencia Nacional, cuyo juicio se celebró el pasado día 2 de junio, solicitando que el art. 48.2 del EBEP no sea de aplicación al personal de ADIF, y subsidiariamente que se aplicara únicamente cuando el personal tuviera 45 años de antigüedad, acogiéndose a la doctrina que marcó esta Sala en la sentencia de AENA sobre la aplicación de la norma más favorable.
Al día de hoy, esta misma Sala ha dictado sentencia, cambiado su doctrina, ya que ha desestimando la demanda de conflicto colectivo planteada por ADIF.
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