Jueves, 02 Abril 2020 11:47

Criterio interpretativo de la Dirección General del Trabajo en la restricción de la movilidad

La Dirección General de Trabajo tiene entre sus funciones la elaboración de
informes y consultas relativas a la interpretación y aplicación de las disposiciones
jurídicas de su competencia, conforme a lo previsto en el artículo 10.1.ñ) del Real
Decreto 903/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, pero esta función se ejerce
en términos generales y no en relación con un supuesto de hecho determinado, cuyas

circunstancias concretas y particulares pudieran determinar una solución diferente.
 
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