Viernes, 27 Marzo 2020 09:44

Nueva regulación en materia de movilidad

Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen ciertas condiciones a los servicios de movilidad, en orden a la protección de personas, bienes y lugares, establece en su Disposición adicional primera, la modificación de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo.
"Se modifica el artículo 3.4 de la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo, que queda redactado de la siguiente forma:
«El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes.»"
Esta modificación permite desplazarse en vehículos más de una persona, siempre y cuando no ocupen plazas en las que se encuentren juntos, es decir, conductor y asiento trasero más alejado, o vehículos de siete plazas, conductor y viajeros alternados en sus posiciones traseras.
Esperamos que os sirva para los desplazamientos que tengáis que hacer en estos días, siempre y cuando sean por los motivos reflejados en la normativa vigente.

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