Viernes, 12 Abril 2013 13:23

La Paga Extraordinaria al Consitucional

La sala de lo Social del Tribunal Supremo de Castilla y León, ha decidido plantear a la consideración del Tribunal Constitucional su acuerdo sobre la dudosa constitucionalidad de suprimir la paga extraordinaria del personal laboral, en base al Conflicto Colectivo presentado por CGT contra dicha medida.   La Sala del Tribunal da un plazo de diez días a las partes (CGT, Junta de CyL, etc.) para presentar alegaciones. Dicho plazo viene dado por las dudas que se plantea la Sala del Tribunal sobre la constitucionalidad del art.2 del Real Decreto-Ley 20/2012, desarrollado por el Decreto autonómico 32/2012, en cuanto a la supresión de la paga extraordinaria de diciembre, y la posible vulneración del art.9.3 y 33.3 de la Constitución.   En el Conflicto Colectivo presentado por CGT se reclama el abono de la totalidad de la paga extraordinaria o en su defecto la parte proporcional correspondiente a 90 días. La Sala entiende,…
CGT ha presentado recurso contra supresión de la paga extraordinaria del personal funcionario, estatutario y docente de la Junta de CyL.   OBJETO DEL RECURSOSe reclama la totalidad de la paga extraordinaria y subsidiariamente la parte proporcional (por un periodo de tres meses, no 44 ni 14 días), es decir, hasta que la supresión se publicó en el Boletín de la Comunidad de Castilla y León no en el del Estado.     FUNDAMENTOS DEL RECURSO• Vulneración del artículo 14 de la Constitución Española.• Discriminación por la sobrecarga que se repercute sobre los Empleados Públicos en contraposición con el resto de los ciudadanos.• Vulneración del principio de legalidad.• Vulneración del principio de seguridad jurídica y confianza legitima, así como la prohibición de la retroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales, art 9.3 de la Constitución Española.
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